La objeción de conciencia | Marco A. Sánchez

Por: Marco Alfonso Sánchez

El artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a:

la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley

No lo define propiamente, pero de este artículo surge el derecho que tenemos de objeción de conciencia. En el caso de los médicos, la objeción de conciencia es:

Aquella libertad de pensamiento, de conciencia y/o de religión, que le permite abstenerse de realizar ciertos actos de la ciencia medica, bajo el argumento que dicha practica médica va en contra de sus más altos pensamientos morales, éticos o religiosos.

Por tanto, los médicos cuentan con un derecho humano fundamental y privado que le permite negarse a practicar aquellos actos de la ciencia médica que son legalmente establecidos por el Estado, pero que se contraponen a sus creencias y principios. Sin tanto rodeo, se encuentran legitimados para abstenerse a practicar el aborto.

En otro orden de ideas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha tenido por lo menos un par de semanas de arduo trabajo de proselitismo jurisdiccional en sumisión a la agenda abortista con sede en nuestro país.

Pues, recientemente, aportó un par de fallos que, en síntesis, plantearon lo siguiente:

Juzgue usted mismo. Pero hay que encontrarse realmente ciego, para no ver la línea que sigue este infame supremo tribunal para resolver sobre este tema. Ignorando la ciencia y los tratados internacionales que han defendido la vida desde la concepción, pisoteando el derecho a la vida del ser más inocente, han simplemente resuelto que su vida no es vida.

Ahora, la SCJN, se encuentra acechando la libertad de los profesionales de la salud, lo cuales, dicho sea de paso, aun cuentan con sentido común y se niegan a realizar las barbaries que dicta este Alto Tribunal que se niega a salvaguardar la vida desde su concepción.

Por el momento, la Suprema Corte ha validado como constitucional las leyes que prevén la objeción de conciencia de los médicos y profesionales de la salud. Sin embargo, no entraron al estudio de fondo sobre las condiciones de dicha objeción de conciencia, dado que se suspendió la sesión del Pleno, reanudando dicho estudio el próximo 20 de septiembre.

Entre tanto, queda latente el tema. ¿Qué usted cree que suceda? Yo le diré, los profesionales dedicados a la salud se encuentran a nada de que se coarte su derecho a decidir si practicar este acto criminal o no, aun estén de acuerdo o no, estando supeditados a corresponder obligatoriamente a una supuesta “salud pública” y “derechos reproductivos de la mujer” y aunque usted no lo crea de los “derechos de las personas gestantes“. Así de fácil, la SCJN, pisotea los derechos de unos, para complacer otros falsos derechos.

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