Sala Xalapa del TEPJF ordena reconocer método de elección propuesto por Atzompa

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La sala Xalapa del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación en sesión publica resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos político electorales del Ciudadano, identificado bajo el numero SX-JDC-508/2016, promovido por el Presidente Municipal Constitucional y Síndico Único Municipal de Santa María Atzompa, Centro, Oaxaca.

Mediante dicho juicio impugnaron la resolución de veintiocho de agosto de dos mil dieciséis, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en el expediente JNI/10/2016, que confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-11/2016 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

La resolucion de la Sala Xalapa señala que existen claras diferencias entre el procedimiento electoral tradicional
propuesto por la comunidad de Santa María Atzompa, y el identificado por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, que hacen evidente la falta de pertenencia e identidad del modelo identificado por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, con dicha comunidad, y que fueron ignorados por el Tribunal responsable.

La resolución de la Sala Xalapa aun es impugnable ante la Sala Superior del propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Mientras tanto, aquí les comparto la resolución dictada en el  Juicio para la Protección de los Derechos político electorales del Ciudadano SX-JDC-508/2016:

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