La caja de cristal | Jorge Álvarez Banderas
El 8 de septiembre de 2013, el entonces titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentaba el llamado “paquete fiscal 2014” en nombre del titular del poder ejecutivo federal, con fundamento en las fracciones I y IV segundo párrafo del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al Congreso General, por medio de la Cámara de Diputados, por así disponerlo el artículo 72 constitucional en su inciso h); dentro de varios cambios a ordenamientos fiscales, se solicitaba al legislador federal la adición de una “caja de cristal” en el texto del Código Fiscal de la Federación, amparada en el nuevo numeral identificado como “69-B”, que una vez aprobado e iniciada su vigencia, sus consecuencias han generado grandes dolores de cabeza a culpables e inocentes hasta la fecha.
Se trata de un procedimiento administrativo que se sigue en forma de juicio, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en diversas tesis jurisprudenciales ha declarado cuasi “inmaculado”, los principales reveses en tribunales a la autoridad hacendaria dieron lugar a una reforma a dicho numeral en junio de 2018 para fortalecerlo; mediante esta “caja de cristal” se han detectado a la fecha, a 11 mil 771 contribuyentes como presuntos emisores de comprobantes fiscales con operaciones inexistentes, de los cuales, 10 mil 470 se han determinado como emisores definitivos de este tipo de comprobantes, el porcentaje de asuntos ganados es ínfimo, pues tan solo se tienen 686 resoluciones favorables y una cantidad mínima de contribuyentes -293- han desvirtuado la presunción legal contenida en dicho artículo; lo anterior ha llevado a un quebranto económico a la hacienda pública en cantidad de 390 mil 974 millones de pesos.
Es a partir del año 2014 que la emisión de comprobantes fiscales se controla de manera electrónica, lo que permite detectar el nombre de los emisores y receptores de estos documentos, los bienes o servicios que se comercializan y evidentemente el importe de las operaciones ahí contenidas; dentro de la iniciativa de reformas de ese año 2013, se solicitaba la reforma a la fracción III del artículo 113 del mismo Código Fiscal de la Federación, para imponer sanciones de naturaleza penal a los contribuyentes que emitan este tipo de comprobantes, a quienes le den efectos fiscales o a quienes los comercialicen, fracción que a la postre sufrió una reforma, derogándose el pasado 31 de diciembre, subsistiendo las sanciones punitivas en un nuevo artículo 113-BIS, artículo reformado con vigencia a partir de este año, dentro de la llamada “reforma penal fiscal”, que no es más que el establecimiento del derecho penal “del enemigo” en la nación mexicana.
En esta “caja de cristal” han aparecido como receptores de comprobantes con operaciones inexistentes varias casas de estudios de nivel superior, la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, dependencias de gobiernos de todos los niveles, donde entre otras, se encuentra la Secretaría de la Defensa Nacional con operaciones simuladas de más de 1,500 millones de pesos, sin que existan sanciones penales para nadie ¿así se combate a la corrupción?
La Procuraduría Fiscal de la Federación de manera reiterada invita a la población a formular denuncias para detectar a estos contribuyentes que lesionan la hacienda pública, incluso en el Código Fiscal de la Federación se ha adicionado a partir de este año un nuevo artículo 69-B TER donde se contempla a un “tercero colaborador fiscal” que a cambio de proporcionar información de las personas que operan con estos esquemas, se les da un “boleto” para participar en una “desconocida” lotería fiscal como “pago” o “gratificación”.
Un caso paradigmático en este tipo de operaciones, es el de la “ASOCIACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN EN GENERAL, TRANSPORTES, OBRAS HIDRÁULICAS, MONTAJE INDUSTRIAL Y OBRA PÚBLICA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA” con registro federal de contribuyentes AST101227UX5 que operaba en la obra del otrora proyecto del “Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”, donde quien ejecutaba la obra, obligaba a “operar” con dicha organización gremial, la cual resulto ser un emisor de comprobantes fiscales con operaciones inexistentes; ahí tienen a muchos delincuentes fiscales, sencillamente todos los proveedores vinculados con dicho sindicato; la realidad que vivimos es otra, un discurso político no acorde con los hechos, por ahora no vemos a nadie en prisión ¿llegaran? Esperemos las novedades en materia de reformas fiscales para 2021 este próximo día 8 de septiembre, esperemos siga vigente “la caja de cristal”… @lvarezbanderas
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Imagen destacada tomada de la web.
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