En la versión matutina del Diario Oficial de la Federación correspondiente al 31 de mayo de 2019, se publicó el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, con lo cual se busca favorecer su máxima publicidad, accesibilidad y disponibilidad.
Con la reforma al citado ordenamiento a partir del 1 de julio de 2019 el Diario Oficial de la Federación se publicará en forma electrónica y su edición tendrá carácter oficial, cuyo acceso será gratuito según lo establece su articulo 5. De la misma forma, se deroga el articulo 11 que establecía la posibilidad de fijar el precio de venta por ejemplar en sus formatos impreso y electrónico.
Además de la edición electrónica deberá imprimirse un ejemplar, con idénticas características y contenido que quedará en custodia en la hemeroteca del propio organismo. Adicionalmente, se expedirán 6 copias certificadas del Diario Oficial que serán remitidas a la hemeroteca de la UNAM, al Archivo General de la Nación, a las Mesas Directivas de la Cámara de Diputados y del Senado, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la oficina de la Presidencia de la República.
Con la entrada en vigor del decreto la versión electrónica del Diario Oficial de la Federación debe contar con la firma electrónica de la autoridad responsable, lo cual hasta la fecha no sucede, pues lo que se publica de manera electrónica es una versión publica y no cuenta con firma de la autoridad responsable.
A continuación comparto la versión publica del decreto publicado y la redacción actual de la legislación reformada:
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