La CNDH requirió a SEDENA, SEMAR, PGR y SEGOB implementar acciones para que en caso de poseer programas para intervenir comunicaciones de aparatos telefónicos y computadoras, se abstengan de emplearlo contra periodistas, organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos, así como contra cualquier otra persona contraviniendo el orden jurídico constitucional.
Solicitó también que, en caso de haberse obtenido información mediante este tipo de programas, se abstengan de utilizarla o difundirla y sea valorada su legalidad por las instancias competentes.
A la PGR se le pidió que instruya al personal ministerial que conozca las denuncias presentadas por los ahora agraviados para que realice la investigación de los hechos con profesionalismo, exhaustividad, objetividad y diligencia.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió un escrito de queja presentado por diversos periodistas y personas defensoras de derechos humanos en el que refieren que han sido víctimas de ataques informáticos de vigilancia vía teléfonos celulares, a través de un programa denominado “Pegasus”, presuntamente adquirido por distintas dependencias del Estado mexicano, entre ellas la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), la Secretaría de Marina (SEMAR), el Centro de Investigación y Seguridad Nacional y la Procuraduría General de la República (PGR), lo que vulnera sus derechos humanos a la honra, intimidad, privacidad, a la dignidad y a no ser molestados, por lo que solicitaron la implementación de medidas cautelares.
Adicionalmente, la CNDH tuvo conocimiento del reportaje publicado el pasado 19 de junio en el diario norteamericano “The New York Times” que en su versión en español lleva por título “Somos los nuevos enemigos del Estado: el espionaje a activistas y periodistas en México”, así como del contenido del informe difundido ese mismo día por la Red en Defensa de los Derechos Digitales, Article19 (Oficina para México y Centroamérica) y la organización SocialTIC titulado “Gobierno espía, vigilancia sistemática a periodistas y defensores de derechos humanos en México”, donde mencionan los antecedentes del programa “Pegasus” en nuestro país y los casos documentados contra periodistas y organizaciones sociales, entre otras cuestiones.
Agregaron que algunas de las personas y organizaciones afectadas por el sistema de espionaje son el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C. (Centro ProDH) y sus colaboradores, el periodista Carlos Loret de Mola, el Instituto Mexicano para la Competitividad y sus colaboradores, Aristegui Noticias y sus colaboradores, el director de la organización “El Poder del Consumidor”, así como María del Carmen Aristegui Flores y su hijo menor de edad, sin que exista una orden judicial que autorice la intervención telefónica, único medio legal para justificar este tipo de acciones.
Al reunirse los requisitos de riesgo, urgencia e irreparabilidad del daño, SIN PREJUZGAR sobre el fondo de los hechos, la CNDH solicitó a la SEDENA, SEMAR, SEGOB y PGR implementar acciones para que en caso de poseer el sistema “Pegasus” o cualquier otro que se emplee para intervenir comunicaciones de aparatos telefónicos o computadoras, se abstengan de emplearlos contra periodistas, organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos, así como contra cualquier otra persona contraviniendo el orden jurídico constitucional.
Asimismo, se les pidió que en caso de haberse obtenido información mediante ese tipo de programas, se abstengan de utilizarla y difundirla y sea valorada su legalidad por las instancias correspondientes, instruir a todas y todos los servidores públicos de esas dependencias a garantizar en todo momento el libre ejercicio de la libertad de expresión de medios de comunicación y periodistas, así como la labor de defensa de los derechos humanos de activistas y organizaciones de la sociedad civil, sin contravenir en ningún momento su derecho a la privacidad.
En específico, adicionalmente, a la PGR se le requirió instruir al personal ministerial que conozca de las denuncias presentadas por los agraviados, para que realicen la investigación de los hechos con profesionalismo, exhaustividad, objetividad y diligencia.
La CNDH reiteró que, si bien la intervención de las comunicaciones no está prohibida, nuestra Constitución establece que la única vía legal para hacerlo es mediante una orden judicial, por lo que contravenir ese mandato con el objetivo de conocer la vida personal y profesional, entorpecer o afectar la labor de periodistas y personas defensoras de derechos humanos, constituye una violación a derechos humanos y delito que debe ser investigado y sancionado.
El Organismo Nacional condenó toda conducta que busque afectar la privacidad de las personas, pues afecta su intimidad y sus derechos humanos y estará atento a la investigación de las autoridades de procuración de justicia.