Este 11 de mayo de 2018 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Comunicación Social, la cual se acuerdo a su articulo 2, tiene por objeto establecer las normas a que deberán sujetarse los Entes Públicos a fin de garantizar que el gasto en Comunicación Social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.
El citado decreto entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 2019 y la Secretaría de Gobernación cuanta con un plazo de 120 días a partir de la publicación del Decreto para crear el Padrón Nacional de Medios de Comunicación a que se refieren los artículos 35, 36 y 37 de la Ley.
Por su parte, el Congreso de la Unión, los Congresos Locales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México deberán armonizar su legislación, en un plazo no mayor a 90 días a partir de la publicación del Decreto en comento.
A continuación comparto la versión publica del decreto publicado: