Una mujer llora mientras familiares de víctimas de abusos ven una transmisión en vivo de testimonios de víctimas de abusos ante la Comisión de la Verdad y la Dignidad en Túnez, el 16 de diciembre de 2016. Víctimas de asesinatos, violaciones y torturas en sucesivas dictaduras testificaron en televisión en directo. Esta —una rara decisión para el mundo árabe— es una manera en la que se trata de lidiar con décadas de abuso.
Uno de los problemas que aquejan al mundo, en especial a los países subdesarrollados, es la desigualdad, discriminación y violencia que sufren las mujeres en todos los ámbitos de su vida: personal, física, familiar, laboral, social, institucional, política, etcétera.
Para paliar este mal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido diversos criterios en los que recalca la necesidad de juzgar con perspectiva de género, la cual implica analizar lo que histórica, social, cultural o legalmente se ha entendido como “lo femenino” y “lo masculino”. Es decir, los estereotipos que atienden al sexo de las personas. Jueces y juezas deben reconocer la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres, como consecuencia de la construcción que socioculturalmente se ha desarrollado en torno a la posición y al rol que debieran asumir, con motivo de su sexo, buscando que sus determinaciones corrijan tales cuestiones.
Al juzgar con perspectiva de género el poder judicial puede empoderar a las mujeres o protegerlas de abusos de toda índole; en algunos casos, sancionará a quien haya discriminado o violentado los derechos de una persona del sexo femenino. Por el contrario, una mala apreciación de las leyes o de los hechos cuestionados en un juicio, puede hacer que sean los propios jueces quienes violen los derechos de las mujeres o las revictimicen.
Jueces y juezas deben reconocer la particular situación de desventaja en la cual históricamente se han encontrado las mujeres.
La asociación Women’s Link organiza cada año el concursoGénero y Justicia al Descubierto, en la que se reconoce cuáles son las mejores sentencias para proteger los derechos de las mujeres, otorgándoles el premio Mallete (es el nombre que recibe el “mazo” o “martillo” utilizado por jueces y juezas en sus audiencias). También destaca cuáles son los peores fallos en materia de género, a quienes otorga el distintivo Garrote. Los ganadores de este año, en ambas categorías, fueron los siguientes:
Premios Mallete (las mejores sentencias):
Oro. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Canarias, España, ordenó otorgar una pensión de viudez a una mujer divorciada que durante años fue víctima de violencia de género por parte de su ex-marido. En el fallo se reconoce que los estereotipos de género son la base de la discriminación en contra de las mujeres.
Plata. La sentencia de una jueza colombiana que sentenció a 50 años de prisión a un hombre de 50 años que secuestró, violó y asesinó a una niña de 7 años, indígena y en situación de pobreza. La juzgadora determinó que los roles que impone la sociedad a las mujeres son el origen de la violencia ejercida en contra de ellas.
Bronce. El Tribunal Superior de Tanzania declaró inconstitucional la Ley de Matrimonio que permite a las niñas casarse a la edad de 15 años. Ordenó al legislador modificar la ley para que la edad se fije en 18 años, que es la requerida para los hombres.
Mallete público (premio obtenido por votación popular): El Tribunal Superior de Uganda reconoció la responsabilidad de un hospital, con motivo de los siguientes hechos: una pareja tuvo gemelos, los cuales nacieron vivos. Sin embargo, el hospital les informó que uno de ellos nació muerto, al pedir verlo, el nosocomio les entregó el cadáver de un recién nacido que no era su hijo, según se apreció por pruebas de ADN.
Distinciones Garrote (las peores resoluciones):
Oro. El Tribunal Superior de Kenia absolvió del delito de corrupción de menores a un hombre de 23 años que tuvo relaciones sexuales con una niña de 14 años, argumentando que la menor actuó como si fuera mayor de edad, con un comportamiento engañoso. Además, señaló que de condenar al inculpado se permitiría que las niñas tengan relaciones con sus parejas y luego las denuncien si se pelean con ellas.
Plata. Un tribunal italiano absolvió a un hombre que violó a una compañera de trabajo, pues la mujer no gritó, lloró ni pidió ayuda a nadie. Tampoco le pidió a su violador que la dejara en paz.
Bronce. La Corte Suprema de Filipinas, a petición de grupos conservadores de la sociedad, restringió el uso de ciertos métodos de control de la natalidad, al considerarlos inseguros o porque constituían una forma de aborto.
Garrote público (otorgado por votación popular): El Tribunal Superior de Andalucía, España, rebajó la pena de prisión de 25 a 17 años por el delito de asesinato, pues consideró que el hecho que un hombre haya apuñalado 30 veces a su esposa no implicaba necesariamente ensañamiento ni intención de aumentar el dolor o sufrimiento de la víctima.
Quiero destacar la importancia que tiene la sociedad para hacer visibles las actuaciones correctas e incorrectas de sus jueces. Ha pasado el tiempo en que las resoluciones de los tribunales solo eran conocidas por un selecto grupo de iniciados en la materia. La democratización del conocimiento de lo público ha alcanzado al poder judicial.
Finalmente, las juzgadoras y juzgadores tenemos la ineludible obligación de hacer realidad el principio de igualdad entre hombres y mujeres, de manera que la balanza de la justicia no se incline, indebidamente, por el peso que tienen los prejuicios y estereotipos de nuestra sociedad.
(VIDEO: Reconocimientos en la edición de 2013).
El presente articulo fue tomado en su totalidad de la pagina http://www.huffingtonpost.com.mxen donde fue publicado originalmente el 22/06/2017.
El autor del articulo es Carlos Soto. Licenciado en derecho por la UNAM (FES-Acatlán). Ingresó al Poder Judicial Federal en 1993. Fue juez federal en Puebla durante 8 años. Actualmente es Magistrado de Circuito en el Estado de México. Ha dado clases en varias universidades, foros y seminarios sobre derecho fiscal, derechos humanos, ética judicial, redacción de sentencias, entre otros temas. Ha publicado diversos artículos sobre derecho constitucional, derecho comparado y transparencia judicial. Sus publicaciones pueden seguirlas en su blog https://reflexionesjuridicas.com.