La CorteIDH condenó a Colombia por la muerte de tres miembros de una familia

San José, Costa Rica, 18 de diciembre de 2018.- En la Sentencia notificada en el día de hoy en el Caso Omeara Carrascal y otros Vs. Colombia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante también “Corte” o “Tribunal”), en consideración del reconocimiento parcial de responsabilidad internacional y el examen del caso, encontró al Estado de Colombia responsable: i) la violación de los derechos a la vida e integridad personal, en perjuicio de Noel Emiro Omeara Carrascal y Héctor Álvarez Sánchez, por los atentados sufridos y sus posteriores muertes; ii) la desaparición forzada y posterior ejecución de Manuel Guillermo Omeara Miraval; iii) la violación a las garantías judiciales y protección judicial, en perjuicio de Noel Emiro Omeara Carrascal, Manuel Guillermo Omeara Miraval, Héctor Álvarez Sánchez, y sus familiares; iv) la violación a los derechos a la integridad personal, protección a la familia y los derechos del niño, en perjuicio de los familiares de los señores Omeara Carrascal, Omeara Miraval y Álvarez Sánchez, debido al profundo dolor y sufrimiento ocasionados como consecuencia de los hechos, y v) la violación al derecho de circulación y de residencia, en perjuicio de Carmen Teresa Omeara Miraval, Fabiola Álvarez Solano y sus tres hijos. El resumen oficial de la sentencia puede consultarse aquí y el texto íntegro de la sentencia puede consultarse aquí.

La Corte identificó que los hechos tuvieron lugar en el Departamento del Cesar, en los municipios de Aguachica y San Martín en el año 1994. El Tribunal constató la existencia de vínculos entre miembros de la fuerza pública de Colombia y grupos paramilitares. En ese sentido, estableció la relación que en ese momento habrían mantenido grupos paramilitares con el cuerpo de seguridad del Estado denominado Unidad Nacional Antisecuestro y Extorción (UNASE), integrado por miembros del Ejército Nacional, Policía Nacional y Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Este vínculo se manifestó a través de acciones directas de apoyo, colaboración y coordinación, o bien por medio de omisiones de miembros de la Fuerza Pública que favorecían por aquiescencia o tolerancia las acciones de grupos paramilitares, y que terminaron con la muerte de los tres miembros de las familias Omeara y Álvarez.

Asimismo, la Corte concluyó que Colombia violó las garantías judiciales y la protección judicial, toda vez que las investigaciones no fueron llevadas a cabo con debida diligencia en un tiempo razonable para identificar, procesar y, en su caso, sancionar a todos los responsables de dichos hechos. La Corte también concluyó que el Estado es responsable de la violación al derecho a conocer la verdad, en perjuicio de la víctima desaparecida.

En virtud de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación.

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Fuente: http://www.corteidh.or.cr

Imagen: https://www.elnuevosiglo.com.co

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